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Impuestos 2020

GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO

Durante los meses de enero, febrero y marzo puedes aprovechar las bonificaciones y estímulos adicionales por cumplimiento en el pago del impuesto Predial y derechos de Agua Potable. En el caso del pago de Tenencia, si el vehículo se encuentra al corriente en sus obligaciones fiscales, puedes obtener el subsidio del 100% de dicho impuesto y pagar únicamente el Refrendo 2020.

Busca aquí la información o directamente en el Portal de Servicios al Contribuyente.

Aprovecha el subsidio a la Tenencia y paga solo el refrendo 2020

El monto a pagar por refrendo para la vigencia anual de las placas de circulación:

A). Para vehículos de uso particular.  $ 660.00
B). Para vehículos particulares de carga comercial. $ 1,659
C). Para remolques:

1. Con capacidad de carga de hasta 1,000 Kg.  $ 2,311
2. Con capacidad de carga de 1,001 a 5,000 Kg.  $ 2,766
3. Con capacidad de carga de 5,001 a 10,000 Kg.  $ 3,304
4. Con capacidad de carga de 10,001 Kg., en adelante.  $4,498

D). Para motocicleta, motoneta, trimoto y cuadrimoto:  $ 488
E). Para auto antiguo.  $ 3,197

La vigencia de las placas de circulación será de cinco años contados a partir de la fecha de su expedición.

Dicho beneficio estará vigente hasta el 31 de marzo de 2020.

Fuente:Gaceta del Gobierno, 26 de diciembre de 2019, página 201.

ACUERDO POR EL QUE SE OTORGAN BENEFICIOS FISCALES A PROPIETARIOS DE VEHÍCULOS DESTINADOS AL TRANSPORTE DE USO PARTICULAR

PRIMERO: Se condonan los adeudos de contribuciones y accesorios estatales a las personas físicas propietarias de vehículos destinados al transporte de uso particular inscritos en el Registro Estatal de Vehículos del Estado de México......Ver Gaceta, página 35.

SEGUNDO: A las personas físicas propietarias de vehículos destinados al transporte de uso particular con placas de circulación expedidas en los ejercicios fiscales 2014 y 2015, se les condonará el 50% de los derechos por renovación de placas, durante los meses de enero, febrero y marzo de 2020, siempre y cuando hubieren cumplido al 31 de diciembre de 2019 con el pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y derechos de control vehicular del ejercicio 2019.

Fuente:Gaceta del Gobierno, 23 de diciembre de 2019, página 35.


Aprovecha las bonificaciones y condiciones en el pago de tu predial 2020

 

  • Bonificaciones en impuesto predial, del 8, 6 y 4% durante los meses de enero, febrero y marzo.
  • Estímulo adicional por cumplimiento en impuesto predial del 8% en el mes de enero, del 6% en el mes de febrero y del 2% en el mes de marzo.
  • Bonificación de hasta el 34% en impuesto predial, a favor de pensionados, jubilados, huérfanos menores de 18 años, personas con discapacidad, adultos mayores, viudas o viudos, madres solteras sin ingresos fijos y aquellas personas físicas cuya percepción diaria no rebase tres salarios mínimos generales vigentes.

1. Obten tu formato del pago predial, en el portal del Servicios al Contribuyente ingresando la clave catastral.

2. Consulta los municipios que han firmado Convenio. Si tu predio pertenece a los municipios que firmaron convenio de colaboración, podrás emitir el formato correspondiente y realizar el pago en línea con cargo a tu tarjeta de crédito, o a través de los centros de pago autorizados.

3. Consulta los Centros Autorizados de Pago.

4. Conoce la campaña de descuento predial por municipion en el Programa Predial en el Estado de México 

5. O acude directamente a las oficinas de la tesorería de tu municipio para conocer las formas de pago y beneficios que ofrece tu Ayuntamiento.

6. Informate en el 800 696 96 96

 


Pago de derechos de Agua Potable

  • Bonificaciones en derechos de agua potable, del 8, 6 y 4% durante los meses de enero, febrero y marzo respectivamente.
  • Estímulo adicional por cumplimiento en derechos de agua, del 4% en el mes de enero y del 2% en el mes de febrero.
  • Bonificación de hasta del 38% en derechos de agua, a favor de pensionados, jubilados, huérfanos menores de 18 años, personas con discapacidad, adultos mayores, viudas o viudos, madres solteras sin ingresos fijos y aquellas personas físicas cuya percepción diaria no rebase tres salarios mínimos generales vigentes.

Acude directamente a las oficinas de la tesorería de tu municipio para conocer las formas de pago y beneficios que ofrece tu Ayuntamiento.

DECRETO NÚMERO 124.- POR EL QUE SE APRUEBAN LAS TARIFAS APLICABLES AL PAGO DE LOS DERECHOS POR LOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES DE AGUA POTABLE, DRENAJE, ALCANTARILLADO Y RECEPCIÓN DE LOS CAUDALES DE AGUAS RESIDUALES PARA SU TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE AGUAS RESIDUALES, DIFERENTES A LAS ESTABLECIDAS EN EL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS DE LOS MUNICIPIOS DE ACOLMAN, AMECAMECA, ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ATLACOMULCO, COACALCO DE BERRIOZÁBAL, CUAUTITLÁN IZCALLI, CUAUTITLÁN, EL ORO, HUIXQUILUCAN, JILOTEPEC, LERMA, METEPEC, NAUCALPAN DE JUÁREZ, TECÁMAC,TEPOTZOTLÁN, TLALNEPANTLA DE BAZ, TOLUCA, TULTITLÁN, VALLE DE BRAVO Y ZINACANTEPEC, MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020.

Fuente: Gaceta 26 de diciembre 2019, página 26