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Delegaciones Regionales

Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social

Directorio de Delegaciones Regionales

En el capítulo IV del Reglamento Interior del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social publicado en "Gaceta de Gobierno" del Estado de México, el día 29 de Enero del año 2007, que establece las Atribuciones, que son las siguientes:

CAPÍTULO IV
DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS DIRECTORES,
SUBDIRECTORES Y DELEGADOS REGIONALES


Artículo 20.- Para el cumplimiento de sus atribuciones, el Consejo Estatal contará con Delegaciones Regionales que estarán adscritas directamente a la Subdirección Operativa.

Artículo 21.- Corresponde a los Delegados Regionales, en su respectivo ámbito territorial:

I. Recibir las demandas, sugerencias y quejas relacionadas con la equidad de género y adultos mayores, así como atenderlas o canalizarlas, en su caso, a las instancias correspondientes.

II. Gestionar los apoyos necesarios para la ejecución de los programas, proyectos y acciones de atención a la mujer y a los adultos mayores.

III. Ejecutar los programas institucionales para atender a las mujeres y a los adultos mayores en situación de vulnerabilidad, en coordinación con las autoridades competentes.

IV. Concertar la ejecución de acciones para crear consejo municipales de la mujer y bienestar social.

V. Identificar la problemática de las mujeres y adultos mayores en los municipios de la región y proponer alternativas para que sean atendidos.

VI. Promover la participación de grupos de mujeres y de adultos mayores voluntarios en la ejecución de los programas a cargo del Consejo Estatal.

VII. Ejecutar, en el ámbito de su competencia, las acciones en materia de educación, desarrollo social y familiar, vivienda, cultura, deporte y derechos humanos que promueva el Consejo Estatal.