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CÓDIGOS ABROGADOS POR EL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS
Código Fiscal del Estado de México
Código Fiscal Municipal del Estado de México
CÓDIGOS ABROGADOS
Código de Procedimientos Penales para el Estado de México
Nota: En términos de los artículos tercero, cuarto, quinto y sexto transitorios del Código de Procedimientos Penales para el Estado de México que entro en vigor el día uno de octubre del año dos mil nueve, se considera que:
Al entrar en vigor el nuevo sistema de justicia penal, quedará abrogado el Código de Procedimientos Penales para el Estado de México publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el veinte de marzo del año dos mil.
Las averiguaciones previas, procesos y recursos que se refieran a hechos ocurridos antes de la entrada en vigor del nuevo sistema de justicia penal, se sujetarán hasta su conclusión definitiva, a las disposiciones del Código de Procedimientos Penales que se abroga.
Al entrar en vigor el nuevo sistema de justicia penal, quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a lo preceptuado en este código.
El nuevo Sistema de Justicia Penal entrará en vigor el día uno de octubre del año dos mil nueve en los Distritos Judiciales de Toluca, Lerma, Tenancingo y Tenango del Valle.
El día uno de abril del año dos mil diez entrará en vigor en los Distritos Judiciales de Chalco, Otumba y Texcoco.
El día uno de octubre del año dos mil diez entrará en vigor en los Distritos Judiciales de Nezahualcoyótl, El Oro, Ixtlahuaca, Sultepec y Temascaltepec.
El día uno de abril del año dos mil once entrará en vigor en los Distritos Judiciales de Tlalnepantla, Cuautitlán y Zumpango.
El día uno de octubre del año dos mil once entrará en vigor en los Distritos Judiciales de Ecatepec de Morelos, Jilotepec y Valle de Bravo.