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Otorgamiento de Permisos de Aprovechamiento Forestal Maderable

El aprovechamiento maderable de los bosques es una alternativa legal, técnica y ambientalmente viable que permite mejorar las condiciones de vida de los productores forestales, con la generación de ingresos económicos y la creación de empleos.

Estudios de Manejo

Con ello se logra que los ejidatarios, comuneros y pequeños propietarios, participen directamente en su protección contra incendios y tala clandestina, en la restauración con acciones de reforestación y en el cultivo del bosque a través de podas y aclareos.

Además de abastecer a la industria forestal con 200,000 m³ de madera por año, los productores forestales generan con los aprovechamientos maderables una derrama económica importante, en las comunidades rurales más marginadas y realizan obras de beneficio social como son abastecimiento de agua potable, energía eléctrica, mejoramiento de caminos y viviendas, etc.

Estudios de Manejo La SEMARNAT al reconocer el interés del Gobierno del Estado de México por administrar y proteger sus recursos forestales, le descentralizó la atribución de otorgar los permisos de aprovechamiento forestal maderable, constituyendo a la fecha el único caso en el país, servicio que está certificado con la norma ISO 9001:2008.
Estudios de Manejo PROBOSQUE verifica en campo y gabinete que los Programas de Manejo Forestal que sustentan los permisos de aprovechamiento maderables, contengan las actividades de protección, conservación, restauración cultivo, aprovechamiento y las medidas de prevención y mitigación de impactos ambientales, respetando la capacidad productiva de los bosques y garantizando su permanencia.

Nuestra Entidad cuenta una superficie forestal de 1´087,812 ha (según inventario 2010), de los cuales 102,051 ha (9.3%) se encuentran bajo manejo forestal, y de ellas solo se aprovechan anualmente del orden de 6 mil hectáreas (0.5%).

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El volumen que se corta corresponde de un 20% al 30% del volumen existente, dejando en pie el 70-80% del volumen restante para asegurar la recuperación del bosque, pudiendo volver a cortar en el mismo sitio después de que pasen 10 años y que se ha regenerado. Estudios de Manejo
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¿Qué hacer para obtener un Permiso de Aprovechamiento Forestal?

Obtener un Aprovechamiento Forestal Maderable es sencillo, el primer paso es contratar a un Profesional del Padrón de Prestadores de Servicios Técnicos Forestales, para que elabore un Programa de Manejo Forestal, cumplir con los requisitos establecidos en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; y esperar la revisión de la solicitud que no debe exceder de los 30 días hábiles (en aprovechamientos fuera de áreas naturales protegidas) y 60 (en aprovechamientos dentro de áreas naturales protegidas); este proceso está certificado bajo la Norma ISO 9001:2008.

Requisitos para el otorgamiento de Permiso de Aprovechamiento Forestal Maderable.

(La documentación se presentará en original y dos copias más)

  1. Solicitud que contenga: Lugar, Fecha, Destinatario, Tipo de aprovechamiento, Cargo del Solicitante Domicilio Fiscal y Datos del Predio.
  2. 2. Copia certificada del título que acredite el derecho de propiedad o posesión de terrenos (En caso de ejidos y comunidades se necesita una resolución presidencial y acta de ejecución). Cuando los ejidos estén certificados se deberá presentar el acta de destino, delimitación y asignación de tierras ejidales (ADDATE).
  3. Acta de asamblea (En caso de ejidos y comunidades) conforme a la Ley Agraria con consentimiento del núcleo agrario para llevar a cabo el aprovechamiento del bosque.
  4. Copia certificada del Reglamento Interno definiendo obligaciones y formas de participación en el cultivo, protección y fomento de recursos que se apeguen a la Ley Agraria.
  5. Plano Georeferenciado con ubicación, superficie y colindancias del predio o predios.
  6. Programa de Manejo Forestal (firmado y rubricado en todas las páginas por el titular y el responsable de la elaboración; para ejidos y comunidades se requiere sello).
  7. Manifestación bajo protesta de veracidad legal del predio o predios y, en su caso, sobre conflictos agrarios.
  8. Manifestación del Impacto Ambiental (según el Art. 76 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable: Selvas Tropicales, Especies de difícil regeneración y/o Áreas Naturales Protegidas).
  9. Identificación del Solicitante (si el trámite lo realizan terceras personas se necesita, en caso de particulares, un poder otorgado por notario y carta poder; para ejidos y comunidades se entregará un consentimiento del núcleo agrario mediante acuerdo de asamblea y conforme a la Ley Agraria).
  10. 10. Comprobante de pago de derechos por concepto de recepción, evaluación y dictamen para el Programa de Manejo Forestal. (Exento hasta 500 m³; De 500 a 1,000 m³ $3,740 M.N.; De 1,000 a 5,000 m³ $5,112 M.N.; De más de 5,000 m³ $6,545 M.N.) consultar "Trámites y Servicios" del portal de pagos del Gobierno del Estado de México https://sfpya.edomex.gob.mx.

DUDAS Y COMENTARIOS AL TELÉFONO VERDE 01 800 0187878

Incendios y Tala: 01 800 5901700 , Restauración y fomento: 01 800 01 87 878
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