Para incorporar un Plan Municipal de Desarrollo Urbano a esta página WEB, es necesario que el proceso de aprobación del Plan de que se trate cumpla con los 3 requisitos que marca el Código Administrativo del Estado de México, en su artículo 5.28, esto es ser aprobado por el Cabildo Municipal correspondiente, publicado en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” e inscrito en el Registro Público de la Propiedad.
Mientras no se cumpla con tales requisitos el Plan no podrá estar disponible en esta página, aún cuando ya haya sido aprobado por el cabildo respectivo
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